Noticias

Noticias sobre Aguas Residuales

Nueva orden para regular las condiciones de seguridad industrial de los sistemas de abastecimiento compartidos


13/09/2017

Normativa
Nueva orden para regular las condiciones de seguridad industrial de los sistemas de abastecimiento compartidos

 

  • Se fijan las condiciones de seguridad industrial que deben cumplir los establecimientos industriales con el propósito de prevenir o extinguir incendios y minimizar los daños y pérdidas que puedan causar
 
Se publica en el BOA la ORDEN EIE/875/2017, de 13 de junio, por la que se regulan las condiciones de seguridad industrial de los sistemas de abastecimiento de agua compartidos de protección contra incendios en los establecimientos industriales en la Comunidad Autónoma de Aragón. (B.O.A. 03/07/2017)
 

Objetivos

 
El presente requerimiento tiene por objeto establecer y definir los requisitos y condiciones que deben de cumplir los establecimientos e instalaciones industriales en caso de incendio. Se presenta un doble enfoque del objetivo, por un lado se establecen las medidas preventivas contra posibles causas de incendios, y por otro los mecanismos para su extinción.
 
Se establecen los requisitos de protección contra incendios de los establecimientos industriales, de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1942/1993 (el cual será derogado en diciembre de 2017 por el Real Decreto 513/2017). Entre tales condiciones figuran sistemas de abastecimiento de aguas contra incendios, como:
 
  • Bocas de incendio equipadas (BIE)
  • Hidrantes extintores
  • Rociadores automáticos de agua
  • Sistemas de agua pulverizada
  • Sistemas de espuma

Se incorpora la posibilidad de compartir un sistema de abastecimiento del agua, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales aprobado por el Real Decreto 2267/2004.
 
La puesta en servicio de un nuevo sistema de abastecimiento de agua requiere ser comunicada a la administración de forma independiente, cumplimentando la Tabla I del anexo de la citada orden e identificando en el (modelo C0012) los establecimientos industriales que van a compartir el sistema de abastecimiento de agua.
 
Es importante que, cada establecimiento industrial señalice de forma correcta y visible, la ubicación y acceso al sistema de abastecimiento de agua compartido, en caso de intervención de los servicios de extinción de incendios.
 
 
 

Fuente envira.es


Publicidad

Deja tu comentario

Comentarios Publicar comentario

No hay comentarios publicados hasta la fecha.