Noticias

Noticias sobre Aguas Residuales

La CE publica el Reglamento (UE) 2020/749 y establece límites máximos de cloratos en alimentos y piensos


28/06/2020

Laboratorios
La CE publica el Reglamento (UE) 2020/749 y establece límites máximos de cloratos en alimentos y piensos

 

  • Laboratorios Tecnológicos de Levante (LTL) lleva a cabo tanto el análisis de cloratos como el de percloratos bajo la acreditación ENAC (Nº 121/LE1783)
 
El pasado 04 de junio la CE publicó el Reglamento (UE) 2020/749 que modifica el anexo III del Reglamento (CE) n.o 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo respecto a los límites máximos de residuos de cloratos en determinados productos agroalimentarios y piensos.
 

Detalles de los cloratos

 
El empleo de los cloratos en la actividad industrial ha despertado interés y preocupación en la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) como contaminante en los alimentos, reconociendo que actualmente no es posible, a pesar del uso de buenas prácticas, alcanzar niveles de residuos de clorato que cumplan con el LMR por defecto de 0,01 mg/kg.
 
Siendo el principal origen de los cloratos el asociado a la actividad humana, fundamentalmente por su anterior uso como plaguicida en productos fitosanitarios, prohibidos en la UE actualmente.
 
Además de ello, el clorato es también una sustancia que se forma como subproducto del uso de desinfectantes a base de cloro en la transformación de alimentos y en el tratamiento del agua potable.
 
Ante esta situación, la EFSA considera que la exposición actual en la UE a estas sustancias puede ser nociva para la salud humana.
 
Por ello se ha establecido un contenido máximo de cloratos en distintos grupos de alimentos, siendo de aplicación a partir del 28/06/2020.
 
  • Frutas frescas o congeladas y frutos de cáscara.
  • Hortalizas frescas o congeladas.
  • Leguminosas secas.
  • Semillas y frutos oleaginosos.
  • Cereales.
  • Té, café, infusiones, cacao y algarrobas.
  • Lúpulo.
  • Especias.
  • Plantas azucareras.
  • Productos de origen animal: animales terrestres.
  • Productos de origen animal: pescado, productos de pescado y otros productos alimenticios marinos y de agua dulce.
  • Productos o partes de productos utilizados exclusivamente en la alimentación animal.
  • Productos alimenticios transformados.

Desde Laboratorios Tecnológicos de Levante (LTL) se lleva a cabo tanto el análisis de cloratos como el de percloratos bajo la acreditación ENAC (Nº 121/LE1783).

 
 

Fuente www.ltlevante.com


Publicidad

Contenidos relacionados...

Deja tu comentario

Comentarios Publicar comentario

No hay comentarios publicados hasta la fecha.