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La AMB aprueba medidas de control y supervisión de las actividades de Aigües de Barcelona


06/05/2019

Consejo de administración
La AMB aprueba medidas de control y supervisión de las actividades de Aigües de Barcelona

 

  • La empresa deberá entregar información previa a la AMB a la hora de presentarse a un concurso y el organismo metropolitano dictaminará la idoneidad
  • El AMB también exige una contabilidad diferenciada de las actividades paralelas de la empresa
 
El Consejo Metropolitano de la AMB del pasado martes, 30 de abril, aprobó un conjunto de medidas de supervisión y control de las actividades empresariales en las que participe Aigües de Barcelona y que no formen parte de la prestación del ciclo integral del agua encomendada por la AMB. 

Aunque la empresa no tiene limitaciones para presentarse a concursos y licitaciones, sí deberá comunicar a la AMB los proyectos en los que participe o los que quiera presentarse, además de cumplir una serie de requisitos y llevar una contabilidad diferenciada de las actividades paralelas de la empresa que no formen parte del servicio público de agua. 
 

Detalles del acuerdo aprobado por el consejo

 
El acuerdo aprobado recientemente por el Consejo Metropolitano especifica, como principio general, que cualquier actividad que pueda desarrollar la empresa mixta, y que no forme parte del servicio público de la AMB, siempre estará condicionada a la garantía de la correcta prestación del servicio principal, que es el suministro de agua en el territorio metropolitano. 

Además, de este acuerdo también se deriva que la empresa Aigües de Barcelona tendrá la obligación de comunicar a la AMB todas las actividades o proyectos que esté llevando a cabo actualmente, mediante la aportación de la documentación necesaria. Esta documentación debe justificar la viabilidad económica de la actividad, asegurar que no afecta el servicio público objeto del contrato y también aportar las medidas para la diferenciación de la contabilidad de cada actividad económica (como unidad de negocio diferenciada). 

Aigües de Barcelona ha de aportar toda esta información a la AMB previamente a la adopción de nuevos compromisos de prestación de nuevas actividades, a fin de que el organismo metropolitano pueda analizar los posibles efectos de la nueva actividad respecto a la del servicio público . 

La AMB puede adoptar, si lo considera oportuno, las medidas necesarias para evitar la incidencia en el servicio público como, por ejemplo, el establecimiento de medidas correctoras. E incluso, en este sentido, puede ejercer las actuaciones que correspondan legalmente para evitar actividades que pudieran perjudicar el servicio público o los intereses económicos de la AMB. 
 

Fuente www.amb.cat


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