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Giahsa advierte que las sentencias recientes “no anulan las indemnizaciones exigibles” a los ayuntamientos salientes


10/01/2017

Consorcios provinciales
Giahsa advierte que las sentencias recientes “no anulan las indemnizaciones exigibles” a los ayuntamientos salientes
  • La empresa pública recuerda que no es verdad que dichas sentencias legitimen la salida de los ayuntamientos, sino que en todos los casos tratan “una parte residual” del conflicto entre MAS y los consistorios de Cartaya, Cortegana y San Juan del Puerto
 
La empresa pública Giahsa ha querido subrayar que las últimas sentencias, tanto del Tribunal Supremo como del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sobre los conflictos abiertos con los ayuntamientos de Cartaya, Cortegana y San Juan del Puerto “tratan una parte residual del conflicto abierto entre la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva y los respectivos consistorios”, ya que todas las sentencias expresan de manera clara que no entran a “examinar la legalidad de los acuerdos de la MAS” con base en los cuales se fijó las distintas indemnizaciones que se exigen a los ayuntamientos (12,2 millones en el caso de Cartaya, 2,3 en el de Cortegana y 3,5 en el de San Juan).
 
Además, las sentencias no interfieren en el resto de frentes judiciales abiertos, ya que no especifican nada “sobre los acuerdos de la MAS sobre la estabilidad y sobre el otorgamiento de las concesiones demaniales”.
 


Consideraciones de Giahsa

 
Giahsa considera que en el litigio principal entre las partes, que es en el que se dirime la procedencia de las referidas indemnizaciones, “los únicos pronunciamientos judiciales que se han producido hasta la fecha se han hecho efectivos en las respectivas piezas separadas de medidas cautelares, de cada procedimiento, que ha dado plena vía libre a la Mancomunidad para exigir a los distintos ayuntamientos el total de la deuda por la vía de apremio”, como se refrendó por auto de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Huelva y por sentencias firmes de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA.
 
Por tanto, desde Giahsa no se comparte en absoluto la interpretación que están realizando en sus declaraciones los alcaldes y ex alcaldes de los municipios afectados.
 
Los servicios jurídicos de la empresa pública reiteran que tanto las sentencias del TSJA como la más reciente del Supremo se centran de forma exclusiva en examinar la decisión municipal de rescindir el convenio de concesión demanial con el Ayuntamiento, motivada en el retraso en el pago del canon concesional, pero no entran a examinar la legalidad de los acuerdos de la MAS de establecer las indemnizaciones como consecuencia de la decisión adoptada por los tres ayuntamientos de abandonar la institución de manera unilateral, incumpliendo además todas las obligaciones legalmente establecidas.
 
Con todo Giahsa va a seguir defendiendo los intereses de los ciudadanos de los 66 municipios que conforman la MAS por la vía de la legalidad y desde la lealtad institucional, "como se ha venido haciendo desde el inicio de los distintos conflictos motivados por la privatización de servicios hasta la fecha".
 
Al mismo tiempo, se recuerda que “la insolidaridad y los deseos de obstaculizar las vías de financiación en las que ha venido trabajando Giahsa por parte, entre otros, de los ayuntamientos de Cartaya, Cortegana y San Juan del Puerto torpedearon todo intento de la empresa pública para cumplir con nuestras obligaciones derivadas de las concesiones demaniales”, un problema que se ha podido solventar a la postre y que ha posibilitado a día de hoy que la Mancomunidad esté al corriente con sus ayuntamientos.
 
 

Fuente www.giahsa.com


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