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Guía Técnica para la interpretación, la aplicación y la gestión del uso de sustancias y mezclas para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo

02/01/2019

Guía Técnica para la interpretación, la aplicación y la gestión del uso de sustancias y mezclas para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo


Autor: AQUA ESPAÑA

Categoría: ABASTECIMIENTO

Libre descarga

 
PRESENTACIÓN
 
El Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo incorporó a nuestro derecho interno la Directiva 98/83/CE del Consejo, de 3 de noviembre de 1998, relativa a la calidad del agua destinada al consumo. En el artículo 9 de este Real Decreto, relativo a las sustancias para el tratamiento del agua, se indica que cualquier sustancia o mezcla (mezcla es la denominación actual según el Reglamento CLP y preparado corresponde a la denominación antigua según las Directivas CE) deberá cumplir para cada producto con los requisitos de la norma UNE-EN correspondiente, o normas equivalentes, vigente en cada momento. En el Anexo II de esa normativa se relacionaban todas las sustancias, con las correspondientes normas UNE-EN, que se podían utilizar para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo en ese momento.
 
En el año 2005 se publicó una primera Orden ministerial que regulaba la actualización de la relación de las sustancias descritas en ese Anexo II del R.D. 140/2003, de 7 de febrero. A los cuatro años, en 2009, se publicó una actualización de esta primera Orden, eliminando algunas de las sustancias que estaban incluidas hasta el momento e incorporando algunas de nuevas, entre otros temas. Finalmente en el año 2013 se publicó la Orden SSI/304/2013, de 19 de febrero donde también se retiraron algunas sustancias y se incorporaron de nuevas, y que es la última versión de este listado de sustancias aprobadas para poder ser utilizadas para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo. Además en ella se suprimió la exigencia de certificación de producto, facilitando de esta manera el cumplimiento de esta normativa por las empresas del sector.
 
En esta Orden publicada en 2013, a parte de la lista de sustancias y sus normas UNE-EN correspondientes, se establecen unos requisitos de uso de las mismas, se define la información necesaria que se debe tener sobre las mismas para poder ser comercializadas y, finalmente describe como demostrar el cumplimiento de las normas técnicas de calidad.
 
Desde el sector de las empresas que comercializan este tipo de sustancias y mezclas se ha detectado que en algunas ocasiones, el cumplimiento de lo que está descrito en la Orden puede llevar a interpretaciones y a situaciones, que pueden ser muy diferentes en función de quién las esté gestionando, llevando a situaciones concretas que a veces pueden ser de gran dificultad. Este hecho puede venir motivado tanto por la gestión por parte de las empresas fabricantes/comercializadoras de las sustancias, como por los usuarios finales, por los auditores de calidad, y/o por la administración sanitaria, responsable de las inspecciones en muchas instalaciones.
 
Por otro lado, si una sustancia para uso en agua de consumo está registrada en REACH, el sector entiende que su uso estaría permitido en España y, en el caso de que tuviera además alguna aprobación de algún país europeo, ésta si se podría comercializar dado que no puede haber barreras comerciales entre los estados miembros de la UE.
 
Por estos motivos y para facilitar a todos los actores del sector el cumplimiento de la normativa, promover las buenas prácticas, y sobre todo priorizar la protección de los consumidores, se ha redactado este documento para que sirva de guía técnica para la interpretación, la aplicación y la gestión del uso de sustancias y mezclas para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo.
 
La normativa aplicable al tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo, está en continuo movimiento motivada por la adaptación de la misma a la normativa europea sobre sustancias y la normativa sobre la calidad del agua de consumo. También, y no menos importante, por el estado del conocimiento de las distintas sustancias y por la innovación aplicable a las introducción de posibles nuevas sustancias implicadas en este tipo de tratamientos, por lo que en el futuro seguro que se realizarán modificaciones de la misma que implicarán revisiones de la Guía que ahora les presentamos y que se irá actualizando a la par que la normativa aplicable en este campo.
 
 
INDICE
 
1. Introducción
2. Definiciones clave
3. Normativa de referencia aplicable
4. Requisitos exigibles a la sustancia o mezcla
5. Requisitos exigibles al proveedor
6. Usos
7. Excepciones
8. Recomendaciones para el proceso de inspección
9. Fechas de entrada en vigor de normativas aplicables
10.Bibliografía
11. Preguntas más frecuentes
12. Anexos
 
 
NOTA: La descarga se realiza directamente de la página web de AQUA ESPAÑA, AGUASRESIDUALES.INFO solo facilita el acceso al libro, no aloja el mismo en sus servidores.
 

DERECHOS
 
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