EPSAR

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La Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana (abreviadamente Entidad de Saneamiento de Aguas) se creó por la Ley 2/1992 de la Generalitat Valenciana, de 26 de marzo, como una entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia e independiente y plena capacidad pública y privada.

Su relación con el Gobierno Valenciano se realiza a través de la Conselleria de Presidencia, Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua en virtud del Decreto 113/2011, de 2 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Presidencia, Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua y en los términos establecidos en la Ley 2/1992, y el Decreto 170/1992.

 

FUNCIONES

  • Gestionar la explotación de las instalaciones y ejecutar las obras de saneamiento y de depuración que la Administración de la Generalitat Valenciana determine, así como aquellas otras que le puedan encomendar las entidades locales u otros organismos.
  • Recaudar, gestionar y distribuir el Canon de Saneamiento establecido en la Ley 2/1992, así como inspeccionar e intervenir el destino de los fondos asignados a otras administraciones o entidades distintas de la Generalitat Valenciana, con el fin de financiar las inversiones previstas en la dicha Ley.
  • Constituir o participar en la puesta en marcha de sociedades mixtas y fomentar actuaciones conjuntas de cooperación en materia de saneamiento y depuración.
  • Participar, de manera transitoria o permanente, en el capital de sociedades que contribuyan al cumplimiento de los fines de la Ley 2/1992.
  • Cualesquiera otras que, en relación con la Ley 2/1992, le sean encomendadas por la Generalitat, mediante decreto.

 


SEDE

C/ Álvaro de Bazán, 10 entresuelo (Pasaje Luz)

46010 Valencia

Tfno.: 963 604 555

Fax: 963 603 469

E-mail: epsar@gva.es

 

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