Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana

Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana


El Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana está integrado por la Junta de Andalucía a través de la Agencia Andaluza del Agua de la Consejería de Medio Ambiente y los siguientes Municipios:

Algar, Arcos de la Frontera, Babate, Cádiz, Chiclana, Chipiona, Conil de la Frontera, Jerez de la Frontera, Medina Sidonia, Paterna de Rivera, Puerto Real, El Puerto de Santa María, Rota, San Fernando, San José  del Valle, Sanlúcar de Barrameda, Trebujena y Véjer de la Frontera.

De acuerdo con sus estatutos, este organismo se encargará de gestionar todas las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento en la comarca, entre ellas 42 depósitos, 38 captaciones, 8 depuradoras y dos estaciones de tratamiento de agua potable. Además, ofrecerá apoyo técnico, jurídico y económico a las entidades locales consorciadas, con el objetivo último de homogenizar tanto la calidad del servicio como sus tarifas.

 
Competencias

El Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana, tiene como fin principal la prestación del ciclo integral del agua, esto es, los servicios de Abastecimiento de Agua y Saneamiento en el ámbito territorial de los municipios que lo componen, con base en los principios de integración de la gestión, homogeneidad de la calidad del servicio y uniformidad de las tarifas en dicho ámbito territorial.

El Consorcio, pretende, en este contexto, articular la planificación, cooperación y coordinación entre las distintas Administraciones que lo integran a fin de optimizar, dentro del absoluto respeto a las competencias de las distintas Administraciones, la gestión del ciclo integral del agua.

El Consorcio, podrá realizar servicios públicos de competencia local, siempre que los entes consorciados lo acuerden expresa e individualmente en los términos previstos en estos Estatutos y en la legislación de régimen local. Además podrá realizar cuantas actividades complementarias o derivadas refuercen la eficacia en el cumplimiento de sus fines generales.

El Consorcio, se constituye además en comunidad de usuarios a los efectos previstos en el Capítulo IV del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, que se regirá por los mismos Estatutos.

La entidad consorcial se constituye como una entidad de derecho público de base asociativa y carácter voluntario, con personalidad jurídica propia y que se rige por el derecho administrativo. El Consorcio podrá, para el desarrollo de sus fines, utilizar cualquiera de las formas de gestión que se contemplan en la legislación de régimen local y así, para la gestión de los servicios, podrá concertar con Entidades Públicas, Corporaciones Locales, entidades privadas y otros organismos, programas y actuaciones adecuados, mediante la utilización de las técnicas de cooperación y asociación que se muestren más eficaces para la satisfacción de intereses públicos, incluida la encomienda a las empresas públicas pertenecientes a cualquiera de las entidades consorciadas.


SEDE

Calle Ancha nº 3.

11404. Jerez de la Frontera. Cádiz

TFN:(+34) 956 329871

FAX:(+34) 956 323106

Email: consorcio.aguas@cazg.es

 

Más información sobre este Organismo

 


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