Consejo Insular de Aguas de El Hierro

Consejo Insular de Aguas de El Hierro


El agua es un recurso natural escaso y valioso, indispensable para la vida y para la mayoría de las actividades económicas. De esta necesaria premisa parte la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas , cuya promulgación supuso la regulación de las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma de Canarias en las materias relacionadas con el dominio público hidráulico, y la creación, al objeto de dar respuesta a las peculiaridades de cada isla, de los Consejos Insulares de Aguas.

En este marco legislativo y social, nace el Consejo Insular de Aguas de El Hierro como un organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito al Cabildo Insular de El Hierro que, con personalidad jurídica propia y plena autonomía funcional, asume, en régimen de descentralización y participación, la dirección, ordenación, planificación y gestión unitaria de las aguas de la isla. Su Estatuto Orgánico fue aprobado por el Gobierno Canario mediante el Decreto 244/1993 de 29 de julio , ejerciendo efectivamente sus funciones a partir del 22 de septiembre de 1993, previa constitución de los órganos rectores, la Junta General y la Junta de Gobierno.

En el Consejo participan todos los sectores públicos : Gobierno de Canarias, Cabildo y Ayuntamientos, y privados : titulares y concesionarios de aprovechamientos, organizaciones agrarias, empresariales, sindicales y de consumidores y usuarios, que intervienen en el complejo mundo del agua.

Sus principales competencias son las relativas a:
  • La planificación Hidrológica, correspondiéndole la elaboración y aprobación inicial de los Planes y Actuaciones, así como el control de la ejecución del planeamiento;
  • El otorgamiento de concesiones, autorizaciones, certificaciones y demás actos relativos a las aguas;
  • La custodia del Registro y Catálogo de Aguas insulares y la realización de las inscripciones, cancelaciones o rectificaciones oportunas;
  • La gestión y control del dominio público hidráulico, así como de los servicios públicos regulados en la ley.
  • La policía de aguas y sus cauces.
  • La realización de las obras hidráulicas de responsabilidad de la Comunidad Autónoma en la isla.
  • La participación en la preparación de los planes de ordenación territorial, económicos y demás que pueden estar relacionados con las aguas de la isla.

El pilar básico para el desarrollo de la actividad de este Organismo es la Planificación Hidrológica , con la que se pretenden fijar las directrices que permitan un uso racional de los recursos hidráulicos, al mismo tiempo que una eficaz protección de su calidad. El Plan Hidrológico Insular de El Hierro, aprobado el 26 de julio de 2002 por el Gobierno de Canarias, en vigor desde el 30 de abril de 2003 consta de tres partes: Memoria, Normas y Programa de inversiones, contemplando en esta última actuaciones  destinadas a conseguir la mejor satisfacción de las demandas y a racionalizar el empleo de los recursos, y entre las que destacan, atendiendo a la inversión prevista, las relativas al aprovechamiento de aguas subterráneas, desalación de agua de mar, depuración de aguas residuales, obras de almacenamiento y transporte, conducciones generales de abastecimiento y riego, etc.

Otra línea de actuación desarrollada por este Organismo es la ejecución de obras de infraestructura hidráulica, básicamente de abastecimiento y saneamiento, en colaboración con los Ayuntamientos de la isla.

 


SEDE

C/ La Constitución Nº27

38900 Valverde (El Hierro)

Tlf: 922 55 34 00

 

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