"En esta tercera entrega sobre el Real Decreto 1085/2024, hemos analizado en profundidad los pilares fundamentales que garantizan la seguridad y sostenibilidad de la reutilización de aguas regeneradas: la gestión del riesgo y el marco normativo para el fomento de su uso"
Iniciamos este tercer artículo analizando varios de los aspectos más importantes que marca como diferenciador el nuevo reglamento. El Capítulo V establece el marco de seguridad sanitaria y ambiental a través del Plan de Gestión del Riesgo del Agua Regenerada (PGRAR). Este instrumento, que es de carácter obligatorio según la normativa europea, resulta fundamental para obtener la autorización de producción y suministro de aguas regeneradas. El PGRAR abarca desde la descripción detallada del sistema hasta la evaluación del tratamiento, incluyendo toda la infraestructura necesaria para su implementación.
Analizaremos los planes de reutilización, desarrollados en el Capítulo VI, donde se centra en el fomento de la reutilización del agua, estableciendo obligaciones legales específicas y mecanismos de apoyo financiero. Destaca la obligatoriedad de desarrollar estos planes de reutilización para aglomeraciones urbanas mayores de 50.000 habitantes, mientras que las poblaciones más pequeñas pueden implementar planes simplificados.
La comunicación y transparencia es otro factor de gran importancia, es el Capítulo VII donde se establecen los mecanismos de transparencia y comunicación, requiriendo la elaboración de informes bienales que documenten diversos aspectos del proceso de reutilización. El Observatorio del Agua juega un papel fundamental en la publicación de estos datos, asegurando el cumplimiento de las notificaciones requeridas por la UE según el Reglamento 2020/741.
Sobre el Capítulo V. Gestión del Riesgo
Como indiqué al principio, el RD 1620/2007, aunque pionero en la regulación del uso de aguas regeneradas en España, no incluía figuras tan desarrolladas como el Plan de Gestión del Riesgo (PGR) ni el concepto de evaluación de la conformidad. Estos elementos son ahora obligatorios bajo el Reglamento (UE) 2020/741 y se han incorporado al marco legal español a través del Capítulo V. En este apartado, junto con el ANEXO III "Elementos clave de gestión del riesgo", se desarrolla los requisitos del Plan de Gestión del Riesgo de Aguas Regeneradas (PGRAR) y que surge como una herramienta esencial para garantizar que las aguas regeneradas sean utilizadas y gestionadas de manera segura.
Cuando se habla de Gestión de Riesgo, se habla de realmente del riesgo ligado a un determinado suceso peligroso es el resultado de combinar la probabilidad de que una situación segura se altere y la gravedad de los efectos que generen dicha alteración.
En el Artículo 21 se introduce el Plan de Gestión del Riesgo del Agua Regenerada (PGRAR) como el eje central para coordinar las funciones de las partes responsables en el sistema de reutilización. El PGRAR es obligatorio para garantizar el uso seguro de las aguas regeneradas y puede aplicarse a uno o varios sistemas de reutilización. Además define el sistema, identifica los riesgos asociados y detalla las medidas necesarias para mantener estos riesgos en niveles aceptables para la salud humana, el medio ambiente y la sanidad animal. Es importante indicar que debe ser presentado como parte del procedimiento de autorización o renovación de la producción y suministro de aguas regeneradas, y las partes responsables deben disponer de la documentación y registros para su revisión por las autoridades competentes y sanitarias.
Este plan, además de coordinar las funciones de cada una de las partes responsables del sistema de reutilización, actúa como:
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Un documento básico que regula la gestión del riesgo en todo el sistema.
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Un instrumento operativo que reúne las condiciones de explotación del sistema, estableciendo directrices claras para su funcionamiento seguro y sostenible.
La elaboración del Plan de Gestión del Riesgo de Aguas Regeneradas (PGRAR) para un sistema de reutilización para diferentes usos es un proceso colaborativo que involucra a múltiples actores, cada uno con funciones específicas dentro del ciclo de reutilización del agua.
A continuación, se presentan los roles generales necesarios para su desarrollo:
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Operador del Sistema de Tratamiento y Reutilización del Agua: Es la entidad responsable de la producción y gestión del agua regenerada en las estaciones de tratamiento. Su rol incluye la implementación de los procesos técnicos y la garantía de que el agua cumple con los requisitos mínimos de calidad.
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Usuarios Finales del Agua Regenerada: El caso de usuarios agrícolas es el más claro, ya que estarán representados por organizaciones como comunidades de regantes o asociaciones agrícolas, son responsables de definir los usos previstos del agua y de implementar medidas de seguridad en la distribución y aplicación del recurso.
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Organismo Competente en Materia de Planificación Hidrológica y DPH: Supervisa y valida el cumplimiento normativo del PGRAR, asegurando que las medidas incluidas en el plan se alineen con la normativa vigente sobre la gestión del Dominio Público Hidráulico. Como especifica el artículo 23, debe ser revisado y valorado por la autoridad competente en los casos de revisión o renovación de la autorización para la producción y suministro de aguas regeneradas.
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Autoridad Sanitaria Regional: Garantiza que los riesgos para la salud pública derivados del uso del agua regenerada estén identificados y controlados, validando las medidas sanitarias incluidas en el PGRAR. Como especifica el artículo 23, debe ser revisado y valorado por la autoridad competente en los casos de revisión o renovación de la autorización para la producción y suministro de aguas.
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Pueden existir Asesores Técnicos Especializados que proporcionemos apoyo metodológico y científico en la elaboración del PGRAR, asegurando que se cumplen los estándares técnicos del Reglamento (UE) 2020/741 y Real Decreto 1085/2024, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de reutilización del agua y se modifican diversos reales decretos que regulan la gestión del agua.
En el artículo 22, donde se desarrolla el contenido del PGRAR se habla de manera generalista de los requisitos aplicables a las estaciones regeneradoras y operadores, y las medidas específicas para mitigar riesgos antes del punto de cumplimiento. Se debe realizar una identificación de riesgos y agentes peligrosos, así como medidas preventivas y correctoras adecuadas. Se hace notaciones, pero no se entra en profundidad sobre las barreras adicionales al sistema, que pueden ser seleccionadas de las listadas en los anexos o propuestas nuevas, previa autorización sanitaria. Este artículo habla sobre los requisitos post-punto de cumplimiento, para asegurar la seguridad en distribución, almacenamiento y uso, y específicamente, para usos agrícolas, el PGRAR debe alinearse con las especificaciones técnicas establecidas en los actos delegados de la Comisión Europea, en virtud del Reglamento (UE) 2020/741.
Sobre el PGRAR Plan de Gestión del Riesgo del Agua Regenerada.
La gestión del riesgo en la reutilización de aguas regeneradas, enmarcada dentro del Plan de Gestión del Riesgo (PGRAR), es un pilar fundamental para garantizar la seguridad sanitaria y ambiental, así como para cumplir con los estándares técnicos establecidos por la normativa europea y nacional. Su elaboración, comprensión y exposición cara a los estamentos competentes en protección ambiental y salud pública es tan relevante que detallaré en los siguientes apartados los aspectos fundamentales de manera general, deben contener estos PGRAR.
Fase 1. Conocimiento del sistema de Reutilización y de la zona del uso del agua regenerada.
El primer paso para iniciar el Plan de Gestión del Riesgo (PGRAR) es el conocimiento, descripción detallada de nuestro sistema de reutilización, así como de la zona uso del agua regenerada.
Fase 1. 1. Origen del suministro y caracterización del agua
En este apartado se realiza un análisis exhaustivo de las características del agua bruta que llega a la EDAR, incluyendo un estudio de los últimos 2-3 años. Se describen los orígenes del suministro, características de la población, si hay o no carga industrial, si está en zona costera con posibilidad de altas conductividades, etc.
Además, se evalúa el estado del agua residual a su entrada en la EDAR, caracterizándola mediante parámetros como DBO, DQO, sólidos en suspensión, nitrógeno y fósforo. Estos valores iniciales permiten definir las condiciones de diseño y el rendimiento esperado del sistema de tratamiento. También se debe incluir información sobre la calidad del efluente regenerado tras el tratamiento, proporcionando una visión completa del proceso.
Se debe destacar el diseño y tipología de los tratamientos implementados, como los pretratamientos para eliminación de sólidos y grasas, los sistemas biológicos para la depuración, y los procesos terciarios destinados a la regeneración del agua.
Fase 1. 2. Rendimiento del tratamiento y parámetros agronómicos
Aquí se debe analizar el rendimiento de la depuración, destacando las eficiencias en la eliminación de contaminantes clave como DBO, DQO y sólidos en suspensión (requisitos de la DARU o futura TARU). Estos valores se usarán como límite de VMA (Valores Máximos Admisibles) dentro de los estándares requeridos para según qué calidad de uso.
Adicionalmente, se describe el tren de regeneración, incluyendo detalles sobre los procesos terciarios (por ejemplo, ultrafiltración o desinfección) que garantizan la calidad del agua para su reutilización en usos específicos.
En este caso hay que diferenciar entre los trenes de tratamiento existente, o proyectados, con sus reutilizaciones reales y actualmente implantadas, o planificadas con su potencial para otros usos.
Fase 1. 3. Instalaciones de tratamiento y regeneración del agua
Este apartado se centra en la descripción de las instalaciones de la EDAR y su capacidad de tratamiento. Se detalla la línea de agua, incluyendo cada etapa del proceso: pretratamiento, tratamiento biológico, decantación secundaria y tratamiento terciario. Cada unidad operativa se describe con información técnica sobre su diseño, capacidad y rendimiento.
En la línea de fangos, se explican los procesos de espesamiento, deshidratación y almacenamiento, junto con las tecnologías empleadas para la reducción de olores o la gestión de residuos. También se incluyen elementos auxiliares como sistemas de bombeo, redes de agua industrial y potable, y la acometida eléctrica.
Por último, se presentan los esquemas de funcionamiento y diagramas de flujo que resumen las operaciones principales de la planta.
Fase 1. 4. Sistema de distribución y almacenamiento
Este apartado puede o no existir. Si se trata de una reutilización por ejemplo en el ámbito del regadío suele ser habitual, pero para una reutilización en los aspectos del agua industrial, puede tener ser un elemento más contenido en espacio. Una vez finalizados los aspectos de la ERA, se pasa a describir los elementos que pueden que pueden componer la red de distribución y almacenamiento del agua regenerada. Esto incluye:
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Embalses de almacenamiento y regulación: Capacidad, diseño y función de cada embalse en la red. O Tanques de almacenamiento, en el ámbito industrial.
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Conducciones: Diseño, materiales y trayectorias de las tuberías utilizadas para transportar el agua regenerada.
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Barreras de seguridad: Medidas implementadas para garantizar la calidad del agua durante su transporte y almacenamiento, como la dosificación de cloro, sistemas de filtración y estructuras de control de acceso.
Dado que el agua regenerada, puede estar vinculada a otros tipos de agua convencionales o no, se debe contemplar los posibles “Blending” o mezclas que puedan darse usando como base el agua regenerada.
Fase 1. 5. Sistema de reutilización en función de los usos
En este apartado se debe analizar los diferentes usos finales del agua regenerada, considerando las necesidades del entorno, las demandas de los posibles usuarios y las características específicas del agua tratada. Cada tipo de uso requiere un enfoque particular que garantice la seguridad, la eficiencia y la sostenibilidad del recurso.
Uso agrícola: Para este tipo de reutilización, se debe estudiar las superficies irrigadas y los cultivos predominantes, que pueden incluir hortícolas y frutales, entre otros. Es necesario implementar sistemas avanzados como el riego por goteo, que aseguren una distribución precisa y eficiente. Además, se deben prever barreras de control como sistemas de filtración, válvulas de corte y controles volumétricos en las acometidas, que permitan mantener la calidad del agua aplicada. Asimismo, es esencial considerar la gestión de sobrantes, asegurando que no existan retornos a cauces superficiales, promoviendo un uso eficiente y sostenible del recurso regenerado.
Uso urbano: Se debe tener en cuenta que el agua regenerada puede emplearse en actividades no potables esenciales para el mantenimiento de las ciudades. Estas incluyen el riego de zonas verdes como parques y jardines, la limpieza de calles y mobiliario urbano mediante camiones cisterna, y su uso en fuentes ornamentales. Para garantizar la seguridad sanitaria, se deben instalar barreras de control que eviten el contacto directo del público con el agua regenerada. Además, se debe asegurar la trazabilidad en los puntos de abastecimiento, documentando adecuadamente el origen, transporte y uso del agua regenerada, para cumplir con las normativas correspondientes.
Uso industrial: En este ámbito, se debe evaluar las aplicaciones específicas según el sector. Por ejemplo, en la industria agroalimentaria, el agua regenerada puede utilizarse para la limpieza de instalaciones y sistemas de refrigeración, siempre que se cumplan las normativas de calidad necesarias. En otros sectores industriales, se debe considerar su uso en sistemas de enfriamiento, generación de vapor y procesos de fabricación, donde puede sustituir parcialmente el agua convencional. En todos los casos, es fundamental adaptar los niveles de tratamiento del agua a las necesidades específicas del proceso, garantizando su eficiencia y seguridad.
Otros usos: Se debe estudiar también la posibilidad de emplear el agua regenerada en aplicaciones recreativas, ambientales y en situaciones de emergencia. En el ámbito recreativo, puede destinarse a campos de golf o lagunas ornamentales, siempre que se cumplan los requisitos de calidad establecidos. Para usos ambientales, como la recarga de acuíferos, mantenimiento de humedales o aportes a caudales ecológicos, es necesario garantizar la compatibilidad con el entorno natural y prevenir riesgos para los ecosistemas. Por último, en situaciones de emergencia, el agua regenerada puede ser un recurso clave, por ejemplo, en casos de sequías extremas, siempre que se planifiquen y monitoreen adecuadamente sus aplicaciones.
Fase 1. 6. Entorno y consideraciones ambientales
El análisis del impacto del sistema de reutilización en el entorno inmediato es fundamental para garantizar su sostenibilidad y cumplimiento con los marcos legales vigentes. Este apartado se debe enmarcar en aspectos clave como la hidrología (rural, urbana, del ámbito industria), las zonas protegidas y las vías de acceso y comunicación, integrando estas variables dentro del contexto de la reutilización.
Se debe identificar y caracterizar la hidrología de la zona, las masas de agua superficiales y subterráneas presentes en la zona de influencia del sistema de reutilización. Es imprescindible evaluar el posible efecto de la reutilización sobre estas, asegurando que no se comprometa su calidad ni su disponibilidad. En particular, se deben considerar las masas de agua incluidas en planes hidrológicos específicos, verificando que las actuaciones sean compatibles con los objetivos de calidad y cantidad establecidos por dichos planes.
Es necesario analizar la proximidad y relación del sistema de reutilización con espacios naturales protegidos, zonas protegidas y áreas sensibles, como zonas incluidas en la Red Natura 2000, humedales de interés o áreas vulnerables a la contaminación por nitratos. Este análisis debe integrarse con los requerimientos legales establecidos en la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), identificando y minimizando los posibles efectos adversos sobre la biodiversidad y el equilibrio de los ecosistemas, se deben cumplir las exigencias de las leyes de evaluación ambiental, como la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental en España, que establece criterios claros para integrar los impactos potenciales de estos sistemas en el entorno natural y socioeconómico.
Se deben identificar los caminos, carreteras o vías pecuarias que puedan facilitar el acceso del público a las áreas de reutilización. Es importante implementar medidas de control, como señalización adecuada, barreras físicas o restricciones de acceso, para prevenir el contacto directo del público con el agua regenerada, garantizando la seguridad sanitaria y el cumplimiento de las normativas aplicables.
Este apartado debería incluir con una evaluación integral del cumplimiento ambiental del sistema de reutilización, identificando las medidas implementadas para minimizar los riesgos. Entre estas medidas se incluyen el monitoreo continuo de los efectos sobre las masas de agua, la implementación de barreras de seguridad en las zonas sensibles y la rehabilitación de áreas impactadas. Esto asegura que el sistema no solo cumpla con los estándares legales, sino que también se integre de manera sostenible en su entorno, promoviendo un equilibrio entre los beneficios sociales, económicos y ambientales.
Fase 2. ¿Cómo se realiza el reparto de la responsabilidad en mi sistema de reutilización?
Conforme al Real Decreto 1085/2024, los actores clave en un sistema de reutilización están definidos y regulados en diversos artículos.
Este apartado se detallado en el primer artículo del ciclo de artículos de reutilización, pero a modo de resumen se indica aquí las partes responsables, sus funciones y las referencias normativas correspondientes:
Fase 2. 1. Identificación de las partes responsables y sus responsabilidades
El artículo 5 del Real Decreto 1085/2024 establece las definiciones y responsabilidades de cada parte involucrada en el sistema de reutilización, incluyendo:
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Operador de la estación depuradora y regeneradora de aguas: Es la entidad encargada de la depuración y regeneración del agua. Su responsabilidad incluye garantizar que el agua regenerada cumpla con los estándares de calidad requeridos para los diferentes usos finales y elaborar, revisar y actualizar el Plan de Gestión del Riesgo del Agua Regenerada (PGRAR) en la etapa de regeneración.
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Operador de almacenamiento y distribución: Encargado de gestionar el almacenamiento y la distribución del agua regenerada, asegurando que su calidad se mantenga durante el transporte y hasta el punto de aplicación. El artículo 7 del Real Decreto establece las condiciones de almacenamiento y distribución, y el artículo 13 menciona la responsabilidad de aplicar el PGRAR en estas etapas.
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Autoridades competentes: Según el artículo 3, las autorizaciones y concesiones son otorgadas por el organismo de cuenca, mientras que las comunidades autónomas, a través de sus órganos competentes en agua y salud pública, emiten informes vinculantes para garantizar el cumplimiento normativo.
Fase 2. 2. Relaciones entre las partes responsables
El Real Decreto no solo define las responsabilidades individuales, sino que también destaca la importancia de la coordinación entre las partes. Según el artículo 9, las partes deben establecer mecanismos de comunicación claros, priorizando los protocolos para informar sobre eventualidades o anormalidades en el sistema. Esto incluye la designación de contactos operativos que permitan una gestión eficiente y continua.
Por ejemplo, se pueden priorizar las comunicaciones telefónicas y por mensajería instantánea con los organismos de control (Confederaciones, Empresa Públicas, Comunidad de Usuarios) que deben comprometer a intercambiar y mantener operativo, un teléfono de contacto del explotador de la EDAR/ERA.
Fase 2. 3. Requisitos en los puntos del sistema
Establecida en el artículo 6, esta autorización es emitida por el organismo de cuenca con el informe vinculante del órgano autonómico correspondiente. Garantiza que la producción de agua regenerada cumpla con los requisitos normativos y específicos del uso final.
Definido en el artículo 10, este es el lugar donde el operador de la estación regeneradora entrega el agua regenerada al siguiente actor en la cadena (almacenamiento o distribución). En este punto, deben realizarse controles para verificar que el agua cumple con los estándares de calidad, como los niveles de E. coli, DBO5, sólidos en suspensión y turbidez, especificados en el Anexo I del Real Decreto, que podremos ver en profundidad en el artículo siguiente.
Según el artículo 13, estos puntos se supervisan para garantizar que la calidad del agua regenerada, incluso cuando se mezcla con otras fuentes (por ejemplo, en usos agrícolas o ambientales), sea adecuada para el uso final.
Fase 2. 4. Permisos y concesiones
Ya vimos estos procedimientos en el anterior artículo, pero a modo de resumen para recodar al lector son dos documentos básicos:
4.1. Autorización de producción de aguas regeneradas:
Detallada en el artículo 6, es fundamental para garantizar la legalidad y viabilidad de la producción del agua regenerada.
4.2. Concesión de reutilización para usos específicos:
Descrita en el artículo 7, esta concesión regula los volúmenes, la calidad y las condiciones específicas para cada tipo de uso, adaptándose al marco legal vigente.
Fase 3. ¿Qué agente causa el riesgo y mediante que vía?
En esta fase del Plan de Gestión del riesgo, se deben estudiar e identificar los agentes peligrosos o potencialmente peligrosos que se pueden llegar a generar problemas y sus posibles vías de exposición.
Fase 3. 1. Identificación de agentes peligrosos y vías de exposición
El sistema de reutilización considera agentes peligrosos que pueden estar presentes en las aguas regeneradas, ajustándose a los requerimientos de calidad establecidos en el RD 1085/2024 según el uso final. Estos agentes incluyen:
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Sanitarios: Bacterias (E. coli, Salmonella), virus (Rotavirus, Norovirus), protozoos (Cryptosporidium, Giardia), helmintos, y contaminantes químicos (metales pesados, disruptores endocrinos, fármacos). Vías de exposición: Contacto directo, ingestión, o inhalación de aerosoles, relevantes para operarios, agricultores, usuarios urbanos o industriales, y la población general.
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Ambientales: Impactos potenciales en agua (superficial y subterránea), suelo, cultivos y fauna. Dependiendo del diseño del sistema y las barreras implementadas, estos riesgos pueden ser minimizados o eliminados.
Cada uso final del agua regenerada (agrícola, urbano, industrial, otros usos o destino ambiental) debe considerar las características específicas del agua y las posibles vías de exposición asociadas.
Fase 3. 2. Requisitos de calidad y validación
El sistema debe ajustarse a las clases de calidad definidas en el RD 1085/2024 para garantizar la seguridad en todos los usos finales. Los requisitos incluyen:
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Parámetros de calidad: Límites específicos para E. coli, sólidos en suspensión, turbidez, DBO5, y otros contaminantes según el uso final. Se detallará en el siguiente artículo.
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Validación del sistema: Se requiere demostrar que los tratamientos cumplen con los objetivos de reducción logarítmica para patógenos antes de la puesta en marcha, tras modernizaciones o incorporación de nuevos equipos. Estas validaciones son obligatorias para todas las estaciones regeneradoras que produzcan agua para usos específicos de mayor calidad. Esta validación fue analizada en profundidad en el
artículo 2 de la serie.
Fase 3. 3. Requisitos específicos según el uso del agua regenerada
En este apartado debemos entrar a los aspectos del anexo I para los diferentes tipos de uso descritos en el RD 1085/2024. Este apartado se detallará en el último artículo de la serie, pero tendrá el lector que tener en cuenta que será en este apartado de la elaboración del plan de gestión del riesgo, donde se debe analizar para según qué tipo de uso.
Fase 3. 4. Barreras existentes en el sistema
El diseño del sistema debe analizar que barreras físicas, químicas y operativas que aseguren la calidad del agua y reduzcan riesgos:
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Tratamientos específicos: Sistemas avanzados como ultrafiltración, desinfección y almacenamiento controlado.
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Distribución y almacenamiento: Tiempo de almacenamiento suficiente, mezcla en embalses de regulación, y cerramientos perimetrales para limitar el acceso.
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Zona de aplicación: Uso de tecnologías como riego por goteo, conducciones cerradas y presurizadas, y restricciones en áreas públicas.
Fase 3. 5. Requisitos adicionales y conclusiones
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Sanitarios: Cada uso debe cumplir con los estándares establecidos para minimizar riesgos de exposición a patógenos o contaminantes químicos.
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Ambientales: Es fundamental prevenir impactos en masas de agua superficiales y subterráneas, así como en el suelo, cultivos y fauna. Estos riesgos se mitigan mediante barreras adecuadas y controles de calidad regulares.
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Riesgos aceptables: Con un diseño adecuado y cumplimiento de los requisitos normativos, los sistemas de reutilización pueden operar con riesgos controlados, promoviendo la sostenibilidad y eficiencia en la gestión de recursos hídricos.
Fase 4. Metodología de la evaluación del riesgo
La evaluación de riesgos para la salud y el medio ambiente en sistemas de reutilización de agua representa un proceso fundamental que integra múltiples aspectos de análisis. Este proceso contempla la identificación de peligros, eventos peligrosos, rutas de exposición y receptores potenciales, pudiéndose usar diversos métodos según las necesidades específicas. Entre estos métodos, un tipo de método usado puede ser la evaluación cualitativa, muy parecido por ejemplo al sistema del Método Binario del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, donde se establece una jerarquía de prioridades para las actuaciones preventivas mediante la combinación de dos variables fundamentales: probabilidad y severidad del daño potencial, lo que permite clasificar el riesgo y definir su tolerancia.
Para evaluar el riesgo para la salud y el medio ambiente, también se establecen dos componentes principales: la probabilidad de ocurrencia y la gravedad de las consecuencias. El cálculo del nivel de riesgo se obtiene mediante la multiplicación de estos dos factores (R = P x G), lo que permite categorizar los riesgos en diferentes niveles, desde bajo hasta muy alto. La probabilidad se clasifica en tantos niveles como se crea necesario, desde rara hasta muy probable, mientras que la gravedad abarca desde efectos insignificantes hasta consecuencias muy graves.
En el ámbito de aplicaciones específicas, los riesgos sanitarios se centran en evaluar impactos sobre la salud humana y animal, considerando la exposición a diversos patógenos y contaminantes químicos. Por su parte, los riesgos ambientales analizan el impacto de contaminantes en las diferentes matrices ambientales, prestando especial atención a la biodiversidad y la calidad del entorno.
El enfoque semicuantitativo introduce una perspectiva más precisa mediante el uso de matrices de riesgo, que asignan valores numéricos específicos tanto a la probabilidad como a la gravedad. Este método resulta particularmente útil para la priorización de riesgos y la implementación de medidas correctoras, las cuales son fundamentales para la mitigación de riesgos identificados.
El proceso de evaluación debe seguir una secuencia estructurada que comienza con la identificación de peligros, seguida por una evaluación inicial, la implementación de medidas correctoras y una evaluación final. Este enfoque sistemático permite establecer prioridades claras y garantizar la seguridad tanto sanitaria como ambiental en los sistemas de reutilización de agua, adaptándose siempre al contexto local y al marco regulatorio vigente.
También hay que definir las rutas de exposición que pueden ser por tres vías principales: ingestión, contacto o inhalación, que pueden afectar a diversos grupos como operarios, agricultores, usuarios finales y población general. Los receptores de estos riesgos incluyen tanto humanos y animales como el medio ambiente en su conjunto.
Habrá que analizar en el análisis detallado de riesgos por fases, la matriz permite evaluar eventos específicos. Por ejemplo, en la fase de tratamiento y producción, el fallo en bombas de ultrafiltración puede tener una probabilidad inicial alta con una gravedad significativa, resultando en un riesgo muy alto. Sin embargo, tras la implementación de medidas preventivas como sistemas redundantes y mantenimiento programado, la probabilidad se reduce , bajando el riesgo final a moderado.
Durante la distribución y almacenamiento, la reproducción microbiológica en conducciones representa uno de los riesgos más significativos, con un riesgo inicial muy alto. Las medidas correctoras como el control de cloro residual y la monitorización microbiológica reducen este riesgo a un nivel moderado , aunque sigue requiriendo atención continua.
En la zona de riego, el contacto del público con el agua regenerada presenta inicialmente un riesgo muy alto, que se mitiga mediante vallado perimetral, riego o baldeo nocturno y señalización adecuada, reduciéndose a un nivel moderado.
Las medidas preventivas y correctoras juegan un papel fundamental en la mitigación de riesgos, como demuestra la matriz de evaluación. Entre las medidas estructurales destacan el vallado perimetral, sistemas de desinfección en serie y almacenamiento cerrado con controles de calidad. Las medidas correctoras incluyen la instalación de sistemas de energía ininterrumpida, alarmas automáticas y el reforzamiento del sistema de mantenimiento y supervisión SCADA.
Este sistema de evaluación mediante matrices permite identificar y cuantificar los riesgos iniciales, además de valorar la efectividad de las medidas correctoras implementadas. La priorización de intervenciones se basa en el riesgo residual, prestando especial atención a aquellos eventos que mantienen un nivel de riesgo moderado o alto incluso después de la implementación de medidas correctoras.
La implementación de este enfoque sistemático y estructurado, apoyado en matrices de evaluación semicuantitativa, permite identificar y evaluar los riesgos potenciales, y establecer y priorizar medidas efectivas para su control y mitigación, asegurando así la sostenibilidad y seguridad del sistema de reutilización de agua.
Fase 5. Verificación del cumplimiento y control
Describir en el PGRAR la fase de cómo se va a verificar el cumplimiento del propio Plan de Gestión del Riesgo (PGRAR) es fundamental para garantizar que el sistema de reutilización de agua regenerada funcione de manera eficaz y cumpla con los requisitos normativos establecidos, generando confianza en usuario y sociedad.
Fase 5. 1. Marco normativo y requisitos de control
Los controles a realizar se encuentran regulados por el Condicionado de la Autorización de Producción de Agua Regenerada y el Condicionado de la Concesión de Reutilización. Los análisis de control deben realizarse bajo los estándares de calidad establecidos por la norma EN ISO/IEC-17025, asegurando la fiabilidad de los resultados. Los laboratorios acreditados, ampliamente capacitados en esta normativa, garantizan la validez de estos análisis.
En cuanto a la frecuencia de control, esta puede ajustarse en función de la robustez y fiabilidad del sistema implementado. La tabla de referencia incluye los requisitos generales y específicos para distintos usos y clases de calidad, como se muestra en la información visual, desglosando los criterios según el tipo de uso (urbano, agrícola, industrial, entre otros) y la calidad del agua regenerada. Este enfoque adaptativo asegura la sostenibilidad del sistema de control sin comprometer la seguridad sanitaria ni el cumplimiento normativo.
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Requisitos mínimos de calidad: Parámetros como E. coli, turbidez, sólidos en suspensión y sus frecuencias de control.
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Control rutinario: Realizado por los operadores de las estaciones regeneradoras (ERA), incluye la supervisión de puntos críticos de control (PCC).
Fase 5. 2. Supervisión operacional
El sistema debe incluir medidas de supervisión y monitoreo continuo para garantizar el correcto funcionamiento de las barreras individuales y medidas preventivas. Esto incluye:
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Control de parámetros operativos clave: Por ejemplo, turbidez y caudal de permeado.
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Automatización y alarmas: Sistemas como SCADA deben alertar sobre posibles desviaciones mediante notificaciones instantáneas.
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Puntos críticos de control (PCC): Identificados como áreas clave para asegurar el cumplimiento normativo y la eficacia del sistema.
Fase 5. 3. Inspecciones y seguimiento periódico
Es fundamental realizar inspecciones periódicas en todas las etapas del sistema:
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Distribución y almacenamiento: Incluye embalses, sistemas de cloración y redes de distribución. Se debe monitorear el estado estructural y los niveles de cloro residual.
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Zona de uso: Inspecciones en las áreas donde se aplica el agua regenerada, con controles adicionales de las autoridades sanitarias si es necesario.
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Resultados analíticos: Verificación regular de los resultados de las analíticas para identificar posibles fallos en el sistema.
Fase 5. 4. Registro de sucesos e incidentes
Se debe mantener un registro actualizado de todos los sucesos que hayan resultado en incumplimientos, permitiendo:
Fase 5. 5. Coordinación y comunicación entre actores
La coordinación efectiva entre los responsables del sistema y las autoridades es esencial para una gestión eficiente:
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Comunicación bidireccional: Mediante herramientas como correo electrónico, SCADA y contacto telefónico.
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Gestión de incidentes: En caso de emergencias, debe haber un protocolo claro para la comunicación inmediata entre las partes responsables, priorizando la mitigación rápida del impacto.
El PGRAR es más que un requisito normativo; es una herramienta estratégica para garantizar la seguridad sanitaria, ambiental y operativa en la gestión de aguas regeneradas. Su correcta elaboración y aplicación, junto con un sistema robusto de verificación y control, permite no solo cumplir con las exigencias del Real Decreto 1085/2024, sino también consolidar la confianza de usuarios y autoridades en la sostenibilidad del sistema de reutilización.
Mantener el PGRAR como un plan vivo implica un compromiso constante de los actores implicados en alimentar el documento con información actualizada, permitiendo así responder de manera proactiva a revisiones y auditorías.
Este enfoque asegura el cumplimiento legal, y también refuerza la transparencia, la eficiencia y la sostenibilidad de los sistemas de reutilización de agua regenerada, promoviendo una gestión integral y segura de este recurso vital.
Sobre el Capítulo VI. Fomento de la Reutilización
Los siguientes dos capítulos el VI y el VII, están muy orientados al fomentar la reutilización, sobre la información, transparencia y en definitiva la generación de Confianza entre usuarios y sociedad en general, como piedra angular para la aceptación de este recurso, cada vez más convencional.
El Capítulo VI, compuesto por cuatro artículos 24, 25, 26 y 27, establecen las bases para impulsar la reutilización del agua a través de medidas que incluyen la mejora de la calidad de los vertidos, el apoyo a iniciativas sostenibles y sobre todo en la elaboración de planes específicos en los usos urbanos.
Es obligación legal incentivar la reutilización del agua mediante condiciones más estrictas en los vertidos, alineadas con los usos previstos aguas abajo. Donde los organismos de cuenca, en el marco de la planificación hidrológica, identificarán las masas de agua donde sea necesario aplicar esta estrategia. Pero esta obligación que supondrá un aumento de costes deja reflejada la norma que dichos costes adicionales derivados de estas medidas puedan ser asumidos por las administraciones públicas u otras entidades beneficiadas.
El Artículo 25 establece las bases para fomentar la reutilización del agua a través de iniciativas públicas y estrategias de sostenibilidad, destacando el papel de las Administraciones Públicas, el apoyo financiero y la colaboración público-privada.
Las Administraciones Públicas tienen un rol fundamental en impulsar la reutilización del agua como una herramienta estratégica para promover la economía circular, reforzar la adaptación al cambio climático, reducir la presión hídrica y afrontar la sequía. Para ello, deben proporcionar instrumentos económicos adecuados que favorezcan estas prácticas.
En cuanto a las ayudas y el apoyo financiero, se podrán conceder subvenciones que cubran la totalidad de los costes adicionales asociados a la reutilización del agua, especialmente en las situaciones previstas en el marco legal. Además, el Estado incentivará el desarrollo e implementación de proyectos tecnológicos, procesos e instalaciones que disminuyan el consumo de agua y las cargas contaminantes. Estas iniciativas serán prioritarias si, además, implican la sustitución de concesiones de aguas superficiales o subterráneas.
Por último, la colaboración público-privada es otro pilar destacado. Las Administraciones podrán establecer convenios con agentes privados para desarrollar proyectos de reutilización que formen parte de sus estrategias de sostenibilidad. Estas colaboraciones deben alinearse con las normativas europeas y nacionales en materia de sostenibilidad y reutilización, asegurando que estos proyectos contribuyan a los objetivos ambientales y sociales establecidos.
El artículo 26, bajo mi punto de vista, otro de los más importantes, orientado al trabajo para desarrollar en los próximos años, debido a la obligación para grandes aglomeraciones, concretamente a que Administraciones responsables de aglomeraciones urbanas con más de 50.000 habitantes deben elaborar planes que fomenten la reutilización de agua, es decir "Planes de fomento de reutilización del agua asociados a usos urbanos", y lógicamente a implementarlos después.
Y no sólo para mayores de 50.000 habitantes, sino que también para menores de esa cantidad, se podrán elaborar un Plan Simplificado de Fomento de la Reutilización que incluyan descripciones básicas, diagnósticos y medidas específicas para mejorar los tratamientos y la distribución del agua regenerada.
Sobre el Capítulo VII. Informes y Transparencia
El Capítulo VII establece las obligaciones relacionadas con la recopilación, publicación y notificación de información sobre la reutilización del agua. Este capítulo incluye dos artículos clave que definen los procedimientos para garantizar la transparencia y la comunicación eficiente con las partes interesadas, tanto a nivel nacional como europeo.
La Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico es la entidad encargada de recopilar información sobre la reutilización del agua y de publicarla de manera periódica. Esta información se obtiene a partir del censo nacional de vertidos y otros datos proporcionados por las autoridades competentes y usuarios.
En el capítulo II del Real Decreto 1085/2024, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de reutilización del agua y se modifican diversos reales decretos que regulan la gestión del agua, se desarrolla el Observatorio de la gestión del agua en España y Sello de gestión transparente del agua, donde tendremos a disposición la información.
Los principales aspectos que deben publicarse en informes bienales a través del Observatorio de la Gestión del Agua en España incluyen:
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Cantidad y calidad del agua regenerada suministrada.
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Reducción del uso de recursos convencionales, destacando el volumen sustituido por agua regenerada.
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Porcentaje de aguas regeneradas en comparación con el total de aguas depuradas.
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Condiciones de las autorizaciones de producción y suministro.
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Resultados de las comprobaciones del cumplimiento de las normativas, según el capítulo IV.
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Puntos de contacto designados para cooperación transfronteriza.
Me parece fundamental que, las autoridades competentes deben nos garanticen la accesibilidad de esta información, publicándola en línea u otros medios adecuados, asegurando así la transparencia hacia la ciudadanía.
Además, el artículo 29 se centra en las responsabilidades del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en relación con las notificaciones a la Unión Europea, en cumplimiento del Reglamento (UE) 2020/741.
Sobre el Capítulo VIII. Régimen Sancionador
El Capítulo VIII: Régimen Sancionador establece las consecuencias legales en caso de incumplimiento de las obligaciones relacionadas con la reutilización de aguas regeneradas. Este capítulo se remite a normativas ya existentes, como el Título VII del Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), el Título V del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH), y el Título VI de la Ley 33/2011, de Salud Pública. Dado que este capítulo forma parte de un marco sancionador general previamente regulado, no profundizaré en su análisis. Es evidente que todos los sistemas normativos incluyen procesos sancionadores para garantizar el cumplimiento de sus disposiciones, y este caso no es una excepción.
Conclusiones
En esta tercera entrega sobre el Real Decreto 1085/2024, hemos analizado en profundidad los pilares fundamentales que garantizan la seguridad y sostenibilidad de la reutilización de aguas regeneradas: la gestión del riesgo y el marco normativo para el fomento de su uso. El Reglamento (UE) 2020/741 y el Real Decreto que lo transpone en España, establecen un marco robusto que sitúa a la seguridad sanitaria, ambiental y social en el centro de la reutilización, ofreciendo las herramientas necesarias para una implementación eficaz.
Desde el Plan de Gestión del Riesgo del Agua Regenerada (PGRAR), se introducen mecanismos que no solo identifican y gestionan riesgos potenciales, sino que también clarifican responsabilidades entre los actores clave. Este plan, obligatorio en el proceso de autorización y renovación, asegura que el agua regenerada sea un recurso seguro y sostenible para diversos usos, desde el agrícola hasta el urbano e industrial. Su carácter holístico y colaborativo lo convierte en un instrumento clave para garantizar la confianza de la sociedad en el uso de este recurso.
Por otro lado, los planes de fomento de reutilización, abordados en el Capítulo VI, destacan la necesidad de incentivar el uso de agua regenerada como parte de una estrategia nacional de economía circular y adaptación al cambio climático. Obligatorios para grandes aglomeraciones urbanas y recomendados para poblaciones más pequeñas, estos planes marcan el camino hacia una reutilización más extendida y aceptada socialmente.
Asimismo, el enfoque en la transparencia y comunicación, tratado en el Capítulo VII, subraya la importancia de una gestión abierta y accesible. La publicación de informes bienales, el rol del Observatorio del Agua y la notificación de datos a nivel europeo son pasos esenciales para reforzar la confianza de la ciudadanía y garantizar la rendición de cuentas en la gestión hídrica.
No obstante, como en los artículos anteriores, es evidente que el camino hacia una implementación plena del reglamento implica desafíos. La adecuada coordinación entre los diferentes actores, la inversión en infraestructuras y tecnologías avanzadas, y el fortalecimiento de los mecanismos de control y auditoría serán fundamentales para asegurar el éxito de este marco normativo. Además, la participación pública y una comunicación clara seguirán siendo herramientas clave para generar aceptación social y mitigar posibles resistencias.
En definitiva, este tercer artículo refuerza la idea que la gestión del riesgo y el fomento de la reutilización son pilares esenciales para una reutilización efectiva y segura. El Real Decreto 1085/2024 continúa estableciendo las bases para que el agua regenerada deje de ser vista como un recurso alternativo y se consolide como una pieza integral de la gestión hídrica en España. Seguiremos avanzando juntos, escalón a escalón, para transformar este marco legal en una realidad tangible que beneficie a las generaciones presentes y futuras.
Gracias por acompañarme en este análisis. En el próximo y último artículo de esta serie, exploraremos las oportunidades específicas que el reglamento ofrece en diferentes sectores y usos del agua regenerada, siempre bajo un enfoque de sostenibilidad y eficiencia. Nos leemos la próxima semana.
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